
CORPORATIVO RILATO
GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE CONDOMINIOS

comunicación formal
Es todo documento impreso o electrónico íntegro y accesible que publique el Consejo Directivo, el Comité de vigilancia y/o cualquier otro condómino facultado por el Reglamento para tal efecto, siempre que sucedan conforme con lo que se indica:
- Documentos impresos, deben encontrarse disponibles durante su vigencia en sitio(s) público(s) del condominio, depositados en el(os) inmueble(s) y/o buzón(es) de correspondencia del(os) condómino(s) relacionado(s)
- Documentos electrónicos, que se envíen por mensaje de datos entre la dirección electrónica o número telefónico celular del Consejo Directivo y/o la de sus integrantes, y la dirección electrónica o número telefónico celular del(os) condómino(s) relacionado(s), según éstos se indican en la base de datos autorizada del condominio.
*conforme por analogía con el Código civil federal en sus artículos 1834 y 1834 bis, y al Código de comercio, Libro segundo, Título segundo, Capítulo primero, en sus artículos pertinentes.